domingo, 7 de mayo de 2023

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

INICIO

INAPAM. (2019). El envejecimiento activo favorece la calidad de vida de las personas adultas mayores. Gobierno de México. Consultado el 06 de mayo 2023 de la URL https://www.gob.mx/inapam/articulos/el-envejecimiento-activo-favorece-la-calidad-de-vida-de-las-personas-adultas-mayores

MedlinePlus. (2010). Envejecer saludablemente. MedlinePlus. Consultado el 06 de mayo 2023 de la URL https://medlineplus.gov/spanish/healthyaging.html

MejorConSalud. (sf). Qué es el envejecimiento activo. MejorConSalud. Consultado el 06 de mayo 2023 de la URL https://mejorconsalud.as.com/fitness/salud/bienestar/que-es-el-envejecimiento-activo/

OCU. (sf). Objetivo. Envejecimiento activo y saludable. OCU. Consultado el 06 de mayo 2023 de la URL https://www.ocu.org/salud/bienestar-prevencion/consejos/envejecimiento-activo

Venegas, J. U. (2017). Cinco consejos para tener un envejecimiento activo, saludable y feliz. Hoy en el TEC. Consultado el 06 de mayo 2023 de la URL https://www.tec.ac.cr/hoyeneltec/2017/10/31/cinco-consejos-tener-envejecimiento-activo-saludable-feliz


REFLEXIONES

 INICIO

"La propuesta presentada no sólo es viable, sino también necesaria dentro de nuestra sociedad, pues apoyar el desarrollo de una cultura de respeto hacia la vejez contribuye a mejorar la calidad de vida de los adultos mayores. Esto incluye el reconocimiento de los derechos de los adultos mayores y la eliminación de estereotipos y prejuicios."

"La propuesta de envejecimiento activo es viable e importante porque también ofrece una amplia variedad de servicios y actividades que ayudan a los mayores a mantenerse física y mentalmente activos y a disfrutar de sus años de oro. Esto puede incluir programas de educación, actividades recreativas y sociales, actividades físicas, ayuda financiera y otras formas de apoyo. Es nuestro deber promover estas estrategias, pues los adultos mayores son quienes en su juventud crearon las condiciones de oportunidad para que la juventud de hoy se esté desarrollando y viviendo los privilegios que ellos ganaron con esfuerzo."

"La propuesta de envejecimiento activo es necesaria dentro de la sociedad, su viabilidad depende en gran medida del compromiso personal que tengan tanto las personas mayores como de sus personas cercanas, como hijos, nietos, etc., pues algunas son acciones que no requieren una gran cantidad de inversión ni de recursos, únicamente tiempo y esfuerzo. Es importante el desarrollo y ejercicio de esta propuesta para mejorar la calidad de vida de los mayores mediante la optimización de la accesibilidad y la movilidad, incluida la creación de entornos seguros y amigables en los que los mayores puedan vivir de forma autónoma."

"Esta propuesta de solución es viable y tiene el potencial de mejorar la calidad de vida de las personas mayores. Sin embargo, su implementación requiere una inversión de recursos humanos, financieros y materiales. Además, es fundamental contar con el apoyo de todos los sectores de la sociedad para lograr los objetivos propuestos"

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

DESARROLLO DE LA PROPUESTA

INICIO 

A través del análisis de la problemática identificada, se desarrollan 10 acciones para fomentar el envejecimiento activo de nuestros adultos mayores, y que a su vez es importante tomar en cuenta como parte de las acciones que todos debemos conservar durante nuestra adultez para llegar saludables a esta etapa de la vida.

1. Fomentar la educación y el aprendizaje continuo a lo largo de la vida. Esto incluye la oferta de programas de educación para personas mayores, para que sigan desarrollando sus conocimientos y habilidades.



 2. Mejorar el acceso a servicios de salud de calidad, para garantizar el bienestar físico y mental de las personas mayores. Esto incluye una mejor accesibilidad a los servicios de salud, así como una mejor coordinación entre profesionales de la salud.



 3. Promover la participación de las personas mayores en la vida social, a través de programas de voluntariado y actividades de ocio. Esto implica la creación de espacios seguros y accesibles, para que las personas mayores puedan reunirse y compartir sus experiencias.



 4. Mejorar la calidad de vida de las personas mayores, a través de la promoción de buenos hábitos alimenticios y un estilo de vida saludable. Esto incluye programas de nutrición para personas mayores, así como la oferta de actividades físicas adaptadas a sus necesidades.



 5. Promover el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), para mejorar el acceso a los servicios públicos y privados. Esto incluye la creación de aplicaciones y sitios web específicos para las personas mayores.



 6. Fomentar la inclusión social de las personas mayores, para evitar su aislamiento y exclusión. Esto implica la creación de programas que promuevan la solidaridad intergeneracional, así como el desarrollo de actividades de sensibilización dirigidas a todos los sectores de la sociedad.



 7. Desarrollar políticas de acceso a la vivienda, para garantizar el bienestar y la seguridad de las personas mayores. Esto incluye la creación de programas de ayuda para el alquiler y la compra de vivienda, así como la mejora de la accesibilidad de los edificios.



 8. Promover la autonomía económica de las personas mayores, a través de la oferta de programas de empleo adaptados a sus necesidades. Esto implica la creación de programas de formación, así como la mejora de la accesibilidad al mercado laboral.



 9. Garantizar el acceso a los servicios básicos, como la electricidad, el agua y la seguridad, para mejorar la calidad de vida de las personas mayores. Esto incluye la creación de programas de ayuda para el pago de servicios públicos y privados.



 10. Mejorar la accesibilidad a los medios de transporte, para facilitar el desplazamiento de las personas mayores. Esto implica la creación de programas de transporte adaptados a sus necesidades, así como la mejora de la accesibilidad a los medios de transporte público.

REFLEXIONES



PROPÓSITO DE LA PROPUESTA

INICIO

El objetivo de esta propuesta es mejorar la calidad de vida de las personas mayores a través de la implementación de programas y políticas de envejecimiento activo que les permita el poder desempeñarse plenamente dentro de la sociedad a través de los tres pilares del envejecimiento activo con actividades que conlleven los hábitos saludables, una adecuada alimentación, mantener contacto con la naturaleza, educarse sobre cómo cuidar la salud, conservar y nutrir las relaciones sociales con amigos y familiares y ocuparse a través de trabajos o escuelas.

Algunas de estas propuestas son dependientes de la voluntad y disciplina de los adultos mayores y de las personas que los apoyen en el ejercicio de éstas, mientras que otras requieren el fomento desde políticas gubernamentales y sociales que tengan como objetivo el cuidado de nuestros adultos mayores, tal como se verá en el desarrollo de la propuesta.

DESARROLLO DE LA PROPUESTA

PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA

 INICIO

México está en un proceso de cambio demográfico en el que, de acuerdo con expertos de la CONAPO, para el año 2050 habrá más adultos mayores que niños dentro de la sociedad, lo que genera la necesidad y remarca la importancia de contar con estrategias que permitan afrontar los retos para mejorar la calidad de vida de los adultos mayores y disminuir las afecciones por enfermedades crónicas, fragilidad, demencias, discapacidad, maltrato, entre otros.

El envejecimiento implica cambios morfológicos y fisiológicos a través del tiempo, afectando la calidad de vida, limitando la autonomía y el acceso a servicios esenciales. Por eso es importante que, durante el envejecimiento, se haga uso de técnicas adecuadas que promuevan el envejecimiento saludable, activo, productivo y digno.




De acuerdo con la OMS, existen tres pilares importantes para optimizar las oportunidades de bienestar físico, social y mental durante el envejecimiento, con el objetivo de ampliar la vida saludable, la productividad y la calidad de vida en la vejez. Estos son:

  • Salud: Prevención de enfermedades y promoción de hábitos saludables.
  • Participación: Cuidar el desarrollo psicosocial a través del reconocimiento de sus derechos con voz y voto.
  • Seguridad: Garantiza la protección ante situaciones de riesgo o necesidad.

PROPÓSITO DE LA PROPUESTA

INTRODUCCIÓN

INICIO

De acuerdo con el Gobierno de México (2019), "El término activo hace referencia a la participación continua de las personas mayores en forma individual y colectiva, en los aspectos sociales, económicos, culturales, espirituales y cívicos."



El envejecimiento activo es un concepto que busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores. Esto implica promover el bienestar físico, mental, emocional y social a través de programas y políticas adaptados a sus necesidades, buscando que la edad no sea un impedimento para tener una vida plena, activa, saludable y que se pueda disfrutar en todo momento.

El objetivo es lograr que las personas de la tercera edad continúen siendo un protagonista dentro de nuestra sociedad para el beneficio de ellos y de la sociedad en general, haciendo que las personas realicen su potencial de bienestar a lo largo de todo su ciclo vital a través de la participación en la sociedad acorde a sus necesidades, deseos y capacidades.

PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA

ACTIVIDAD INTEGRADORA. UNIVERSITARIO RESPONSABLE

 

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

LICENCIATURA: DERECHO

MODALIDAD: A DISTANCIA

ASIGNATURA: FORMACIÓN HUMANA Y SOCIAL

ALUMNOS
EMMANUEL PAREDES RAMOS
EDSON OMAR HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
ALMA LUCÍA DE LUNA GRANDE
KEILA MERARI CID NOLASCO



ACTIVIDAD: ACTIVIDAD INTEGRADORA. UNIVERSITARIO RESPONSABLE


FOMENTAR EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO



FECHO DE ENTREGA: 7 DE MAYO DE 2023

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA

PROPÓSITO DE LA PROPUESTA

DESARROLLO DE LA PROPUESTA

REFLEXIONES

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

sábado, 22 de abril de 2023

CONCLUSIÓN

 Inicial

Este tema es delicado y difícil de manejar para todos los involucrados, pues Roberto corre el riesgo de perder a su hijo reconocido, Eduardo busca reconocer a su hijo biológico tras haberse ausentado por tanto tiempo sin justificación, Robertito pasará por un proceso de conflicto al confundirse sobre quién es realmente su padre, si la persona que lo ha cuidado todo este tiempo o el que le dio la vida.

Ante esto, la prioridad será proteger el interés superior del niño; sin embargo, el niño no puede reclamar contra la filiación de Roberto hasta la mayoría de edad a menos que existan evidencias de prejuicio al infante; conservando la filiación Roberto, sería un caso muy difícil el permitir que el infante conviva con Eduardo que prácticamente es un desconocido, por lo que mi solución consistiría en denegar todo derecho filiar a Eduardo con respecto a Robertito.

REFERENCIAS

 Inicial

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (1928). Código Civil Federal. Cámara de Diputados LXV Legislatura. Consultado el 22 de abril de 2023 de la URL https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccf.htm

Castillo Abogados. (2021). ¿QUÉ ES EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR?. FCA. Consultado el 22 de abril 2023 de la URL https://fernandezycastillo.mx/2021/07/que-es-el-interes-superior-del-menor/

Honorable Congreso del Estado de Puebla. (1985). Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla. Gobierno del Estado de Puebla. Consultado el 22 de abril 2023 de la URL https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/448-codigo-civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla

Pérez, J. (2016). Cónyuge. Definicion.de. Consultado el 21 de abril de 2023 de la URL https://definicion.de/conyuge/

Pérez, J. (2019). Filiación. Definicion.de. Consultado el 21 de abril de 2023 de la URL https://definicion.de/filiacion/

 

FUNDAMENTACIÓN

 Inicial

Código Civil Federal:

Artículo 366.- El reconocimiento hecho por uno de los padres, produce efectos respecto de él y no respecto del otro progenitor.

Artículo 367.- El reconocimiento no es revocable por el que lo hizo, y si se ha hecho en testamento, cuando éste se revoque, no se tiene por revocado el reconocimiento.

Artículo 368.- El Ministerio Público tendrá acción contradictoria del reconocimiento de un menor de edad, cuando se hubiere efectuado en perjuicio del menor.

Código Civil del Estado Libre y Soberano de Puebla:

Artículo 527

Se presumen hijos de los cónyuges:
I. Los nacidos dentro de los ciento ochenta días contados desde la celebración del matrimonio;
II. Los nacidos después de ciento ochenta días contados desde la celebración del matrimonio;
III. Los nacidos dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del matrimonio.

Artículo 547

La filiación puede probarse, en juicio, por la posesión de estado de hijo de las personas a quienes se señalan como padres.

Artículo 548

La posesión de estado de hijo se justificará, en todo caso, demostrando por los medios ordinarios de prueba, que el hijo ha sido tratado por el presunto padre o por la familia de éste, como hijo del primero, que ha usado constantemente el apellido del presunto padre, y que éste ha proveído a su subsistencia, educación y establecimiento

Artículo 556

El reconocimiento hecho por el padre, o por la madre, puede ser contradicho por quien pretenda también ser el padre o madre del reconocido.

Artículo 557

Es irrevocable el reconocimiento de un hijo, y en el supuesto de haberse hecho en testamento, si éste se revoca, no se tiene por revocado aquél.

CAUSAS Y CONSECUENCIAS JURÍDICAS

 Inicial 

La causa del negocio jurídico es la búsqueda del progenitor del Robertito para solicitar la filiación de su hijo y su filiación, generando un conflicto con los intereses de Rosario (madre biológica) y Roberto (padre jurídico) al no querer ceder la filiación a Eduardo, pues se ausentó durante el nacimiento y primera infancia de su hijo, y pasado el tiempo, quiere recuperar la filiación.

La consecuencia jurídica será una demanda de reconocimiento por parte de Eduardo y una defensa de la filiación por parte de Roberto y Rosario, al querer conservar la filiación con Robertito. Esta puede concluir con la revocación jurídica de la filiación entre Robertito y Roberto, o la negación de procedencia de la demanda que promueva Eduardo.

CONCEPTOS JURÍDICOS DEL CASO

 Inicial

Filiación: La filiación, en este sentido, es el vínculo existente entre los ascendientes y los descendientes, ya sea por un acto jurídico o por un hecho natural. Los individuos que descienden de otros están relacionados a estos sujetos por la filiación.

Cónyuge: Es aquel que se encuentra relacionado a otra persona a través del matrimonio.

Posesión del estado de hijo: La persona es reconocida de forma constante como hijo, públicamente, por la familia de la madre y del padre, le proveen medios de subsistencia, educación y alimentación, que use el apellido, que tengan la edad los que fungen como madre y padre.

Interés superior del menor: Es un principio, cuya aplicación busca la mayor satisfacción de todas y cada una de las necesidades de niñas, niños y adolescentes.

DESARROLLO

 Inicial

De acuerdo con el Código Civil Federal, en su artículo 367, indica que el reconocimiento no es revocable, misma situación en el Código Civil de Puebla en el artículo 557, por lo que Roberto no está en capacidad de revocar el reconocimiento de Robertito.

De acuerdo con el Código Civil Federal, en relación con el derecho de identidad del menor, en el artículo 389, se establece el hijo reconocido tiene derecho a llevar el apellido paterno de sus padres o de las personas que lo reconozcan, en este caso de Roberto y Rosario.

La filiación es el vínculo jurídico que existe entre dos personas, una descendiente de la otra, ya sea mediante hechos biológicos o jurídicos.

De acuerdo con el Código Civil de Puebla, la filiación confiere e impone a los hijos, al padre y a la madre, respectivamente, los derechos, deberes y obligaciones establecidos por la ley. En el Código Civil Federal podemos encontrar las disposiciones referentes a la filiación en los artículos del 324 al 389, y en el Código Civil de Puebla del 522 a 577.

Para que Eduardo pueda reconocer a su hijo, se presenta su primera complicación debido a que Robertito es un hijo fuera del matrimonio, por lo que el reconocimiento no se dio automáticamente, de acuerdo con el artículo 527 del Código Civil de Puebla, y además, un tercero ya adquirió la filiación de padre a través del reconocimiento. Así mismo, de acuerdo con el artículo 547 del Código Civil de Puebla, la filiación la puede probar Roberto a través de la posesión de estado de Robertito, además de contar con actas de nacimiento que lo reconocen a él como el filial y además de llevar sus apellidos, comprobando así esta posesión de estado a través de los elementos declarados en el 548 del Código Civil de Puebla. El artículo 365 del Código Civil Federal, el reconocimiento sólo produce efectos sobre el progenitor que lo reconoció, es decir, la madre. Bajo este caso, el progenitor (Eduardo) no tiene efectos dado que él estuvo ausente durante el nacimiento de Robertito y no declaró el reconocimiento del hijo.

Aun así, en el Código Civil de Puebla en el artículo 556, se especifica que la filiación puede ser contradicho por aquel que pretenda ser el padre o la madre, en este caso Eduardo, además en el artículo 368 del Código Civil Federal se habla sobre la acción contradictoria del Ministerio Público para el reconocimiento de un hijo, y el progenitor no cuenta con datos de perjuicio al menor para reclamar el reconocimiento de Robertito.


CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL PARENTESCO Y LA FILIACIÓN

EDSON OMAR HERNANDEZ SANCHEZ.

202235427

En este análisis de caso, se estudiará el caso 4 de la muestra de casos con respecto a lo establecido en el Código Civil Federal y el Código Civil del Estado Libre y Soberano de Puebla, en el que el tema de discusión surge cuando el Rosarito está embarazada y el papá, Eduardo, desaparece y no lo pueden localizar. 11 años después del nacimiento del hijo (Robertito), aparece el padre para reclamar el reconocimiento y filiación del niño como su hijo; sin embargo, la mama (Rosarito) junto el hombre que reconoció a Robertito como hijo (Roberto), que le proveyó apellido y contribuye a la crianza del niño tratándolo como su hijo, no están de acuerdo en permitir la revocación del reconocimiento solicitada por Eduardo, por lo que aparentemente Eduardo procederá legalmente para recuperar la filiación con su hijo.

Desarrollo

Conceptos jurídicos del caso

Fundamentación

Causas y consecuencias jurídicas

Conclusión

Referencias


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

INICIO INAPAM. (2019). El envejecimiento activo favorece la calidad de vida de las personas adultas mayores. Gobierno de México. Consultado ...